Hoja de información al huésped en Andalucía: obligación y qué debe incluir

Hoja de información al huésped en Andalucía

En Andalucía, las viviendas de uso turístico se regulan por el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, modificado por el Decreto 31/2024. El establecimiento debe facilitar al huésped un documento de admisión con las condiciones de la reserva, firmado, y conservarlo a disposición de la Administración.

Normativa aplicable

La obligación de la hoja de información (documento de admisión) en Andalucía se enmarca en la Decreto 28/2016, de 2 de febrero (modificado por el Decreto 31/2024). Confeccionar el documento, hacerlo firmar al huésped y custodiarlo es responsabilidad del alojamiento.

Qué debe incluir

El documento de admisión en Andalucía suele recoger, como mínimo:

Custodia: La copia firmada debe conservarse a disposición de la Administración turística andaluza.

No confundir con el parte de viajeros

La hoja de información es una obligación de la normativa turística en Andalucía. El parte de viajeros es otra cosa: la comunicación de los datos del huésped a SES.hospedajes que exige el RD 933/2021 en toda España. Como alojamiento en Andalucía, tienes que cumplir con las dos.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la hoja de información al huésped en Andalucía?

Sí. Según Decreto 28/2016, de 2 de febrero (modificado por el Decreto 31/2024), el alojamiento debe confeccionar un documento de admisión con las condiciones de la reserva, que el huésped firma, y conservarlo a disposición de la Administración turística.

¿La hoja de información sustituye al parte de viajeros?

No. La hoja de información es una obligación de la normativa turística autonómica; el parte de viajeros es la comunicación a SES.hospedajes del RD 933/2021, obligatoria en toda España.

Otras comunidades

Contenido informativo. La normativa turística en Andalucía puede cambiar; consulta siempre la normativa vigente (Decreto 28/2016, de 2 de febrero (modificado por el Decreto 31/2024)).

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